Cómo solicitar el borrador de la Renta 2020
12/04/2021 · Actualizado: 21/09/2023
A partir del 7 de abril se dio inicio al tiempo estipulado para ejecutar el trámite que corresponde a la declaración de la Renta del ejercicio económico del año 2020. Desde entonces se puede hacer la solicitud del borrador de la declaración, por medio del portal en línea oficial perteneciente a la Agencia Tributaria.
Por el momento y hasta el próximo 4 de mayo este proceso de hará solo de forma virtual, pues a partir de esa fecha se abrirá el plazo para declarar por teléfono la renta, mientras que su presentación presencial podrá hacerse solo a partir del 2 de junio, en las oficinas correspondientes.
Antes de solicitar el borrador de la Renta 2020, es importante hacer un análisis de cómo la pandemia del coronavirus afectó tus ingresos, pues provocó que muchos trabajadores sufrieran ERTE de suspensión, cese de actividades o reducción de la jornada laboral, todo esto como consecuencia de la disminución de los ingresos por el confinamiento.
En tal caso, si se percibió alguna prestación por la Mutua o por el SEPE por el proceso de cese de actividad, esto no está exento de la declaración de la Renta, pues se le considera como rendimientos propios del trabajo.
¿Has estado en ERTE? accede a este enlace para ver como realizar la declaración de la Renta
Para iniciar con todo este proceso y hacer una declaración de impuestos adecuada, lo primero que debes hacer es solicitar el borrador de la Renta 2020, por lo que te indicaremos cómo hacerlo de una manera muy sencilla y eficiente.
Pide tu borrador de la Renta 2020
Lo primero que debes hacer es entrar directamente al portal en línea de la Agencia Tributaria (ver web), buscar la sección identificada como Renta 2020 que está dentro de la categoría “Campañas destacadas” y hacer click en el enlace de “Servicio de tramitación del borrador/declaración”.
Después de esto, el sistema te lleva a otra página en la que te solicitará una serie de datos sencillos, tal como el DNI/NIE y su respectiva fecha de validez. Al pulsar en “Continuar” te aparecerá una pregunta relacionada con la forma como deseas acceder: con la referencia de acceso, que se encuentra en la casilla 505 dentro de la Renta 2019, o a través de la clave de tu cuenta personal.
Si cuentas con el DNI electrónico o el certificado electrónico, el acceso a la plataforma es mucho más fácil, en vista de que seleccionas esta alternativa, introduces el código PIN, el DNI electrónico y listo.
En caso de que todos los datos que introdujiste estén bien, obtendrás inmediatamente el borrador cuando hagas click en el botón identificado como “Servicio de tramitación borrador/declaración”.
Te recomendamos que revises todos los datos fiscales que aparecen en la pantalla, llevarlos hacia el borrador para modificarlos o agregarlos, según sea el caso. Este paso es muy importante, pues no debes confiarte mucho de la información que aparece de manera automática en el sistema.
En caso de que exista algún error o inconsistencia, falten algunas deducciones, algunos ingresos o cualquier otro dato, tienes la opción de corregirlo por medio del borrador, antes de confirmar la declaración de la Renta.
Cuando compruebas que todo está en el orden adecuado o realizas los cambios que sean necesarios, procedes a hacer la validación del borrador. Posteriormente realizas la debida presentación de la declaración de la Renta correspondiente al 2020.
Una vez que tengas el borrador deberás rellenar la declaración de la renta. Accede aquí para ver el artículo.
Olvidé el número de referencia ¿dónde puedo encontrarlo?
Si no tienes a la mano el número de referencia con el que puedes entrar al sistema para procesar tu borrador de la Renta 2020, no te preocupes, pues como te indicamos anteriormente puedes ubicarlo fácilmente para que puedas realizar cualquier tipo de trámite de Renta, pues el sistema siempre te lo solicitará.
Este número de referencia se refiere a un código de autenticación con el que te identificas como usuario y declarante en el portal web de la Agencia Tributaria, a fin de realizar diferentes tipos de trámites como la declaración o solicitud del borrador.
Para obtener este código, basta con que hagas click en la sección “Obtenga su número de referencia” que está en la página oficial de la Agencia Tributaria. Cuando ingresas allí, el sistema te solicita que coloques tu DNI o certificado electrónico.
Si no tienes ninguno de estos documentos, entonces puedes utilizar la información de tu DNI y su fecha de validez, así como la “Base liquidable general sometida a gravamen” que corresponde a la Renta 2019, que se ubica justo en la casilla identificada como 505.
Como puedes observar, el acceso a la plataforma de la Agencia Tributaria no resulta nada engorroso, pues te proporciona diferentes alternativas para que puedas entrar con seguridad en su sistema y solicitar el borrador o declarar tus impuestos de una manera bastante rápida, sin necesidad de hacer esto de manera presencial.
¿Qué mecanismos existe para hacer la presentación del borrador de la Renta 2020?
Como te indicamos previamente, existen varios mecanismos con los que puedes presentar el borrador de la Renta 2020, iniciando por el electrónico, que ya está disponible y se hace de una manera muy efectiva.
Si quieres obtenerlo por medio de la vía telefónica, puedes esperar hasta el próximo 6 de mayo, cuando se activará este método, cuya fecha de finalización es el 30 de junio.
Si deseas presentar tu Renta en persona, contando con la ayuda de un profesional de la Agencia Tributaria, entonces espera al 4 de mayo para solicitar tu cita, por medio de la página de la institución. También puedes pedirla por el servicio telefónico automático a los números 901 12 12 24 o 91 535 73 26 o a los de atención personal: 901 22 33 44 y 91 553 00 71.
La Campaña de la Renta 2020 se inició el 7 de abril y cierra el 30 de junio de 2021, por lo que la institución te ha dado un plazo bastante amplio para que puedas solicitar el borrador y hacer la respectiva declaración con la calma que este tipo de trámites exige.
Por tanto, te recomendamos que te pongas manos a la obra y realices este trámite cuanto antes, a fin de certificar que todo está bien o hacer las modificaciones que consideres necesarias para cumplir con este requisito legal.
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