Cómo solicitar permiso de trabajo y residencia en España

Si eres extranjero, pero tienes intenciones de trabajar en España, necesitas cumplir con una serie de requisitos para obtener el debido permiso laboral y de residencia, con los que tienes la oportunidad de aceptar un empleo, ser autónomo o por cuenta ajena dentro del territorio nacional.

Pedir estos documentos es un proceso que suele resultar bastante sencillo, pues basta con seguir una serie de pasos y consignar los requisitos necesarios para lograr el objetivo planteado, de los que te hablaremos a continuación.

Solicita la residencia en España

Para pedir el permiso de residencia en esta nación lo primero que debes hacer es pedir una cita previa en cualquiera de las oficinas de Extranjería ubicada en el lugar de residencia del solicitante. También es posible hacerlo en la Brigada de Extranjería que está adscrita a la Comisaría de la Policía Nacional.

Para esto es necesario hacer el pago de unas tasas que son: 195,88 euros que corresponden al permiso para trabajar por cuenta propia y 10,50 euros para la respectiva residencia de carácter temporal.

La petición de residencia debes presentarla en unos diez días hábiles. Después de eso la institución te dará respuesta en un máximo de tres meses. En caso de que no obtengas respuesta o notificación alguna, debes dar por denegada la solicitud por lo que se conoce como “silencio administrativo”.

Una vez que obtienes respuesta positiva, es necesario que tramites el visado, para lo que tienes un mes, así como la respectiva alta en la TIE y la Seguridad Social.

Después cuentas con un máximo de tres meses para ingresar al territorio español.

Esto necesitas para tu permiso de trabajo por cuenta propia

  • Constatar que posees los recursos para el pago de tus gastos principales dentro del país, tal como alquiler de la vivienda, alimentación, transporte, entre otros.
  • Pertenecer a un país que no sea de la Unión Europea
  • Presentar las acreditaciones que certifican la tenencia del capital necesario para emprender un negocio y generar empleo.
  • Estar en una condición regular en el territorio español.
  • Cumplir con todos los requisitos inherentes al trabajo a realizar, así como la respectiva colegiación en los casos en que sea necesaria.
  • No tener antecedentes penales de ninguna índole.
  • Tener todos los requisitos necesarios para ejercer un puesto o trabajo como autónomo.
  • Poseer el permiso de ingreso al país.

Organizaciones que te acreditan como trabajador autónomo o emprendedor en España

Las instituciones en las que tienes la oportunidad de obtener la acreditación como emprendedor o trabajador autónomo dentro de la nación son las siguientes:

  • ATA
  • UATAE
  • UPTA
  • OPA
  • CIAE

Si alguno de los documentos está transcrito en otro idioma o vas a solicitar la residencia dentro de una comunidad con lengua cooficial, es necesario que los traduzcas.

Autorización de trabajo y residencia para personas por cuenta propia

Cuando pides el permiso de trabajo por cuenta propia es necesario que consignes estos documentos en la institución diplomática:

  • Documento oficial en el que se pide la residencia y permiso de trabajo en el modelo EX-07, firmado y sellado, emitido por el Ministerio de Seguridad Social, con su respectiva fotocopia.
  • Fotocopia del pasaporte del solicitante, así como su permiso de viaje, los cuales deben estar actualizados.
  • Los títulos académicos y certificados de profesionalidad que certifiquen tu formación profesional, la cual debe estar acorte a la actividad que realizarás.
  • Los certificados de pago de impuestos para abrir comercios permanentes en unos 300 metros cuadrados de superficie, de acuerdo con la Ley 12/2012.
  • Un proyecto de negocio viable, con su versión inicial, así como la proyección de rentabilidad a futuro.

Permiso de trabajo y residencia para personas por cuenta ajena

Si quieres pedir tu permiso de trabajo y residencia para trabajar por cuenta ajena, es necesario que la empresa lleve a cabo el trámite previo al respectivo contrato laboral y que no residas en el país antes de la solicitud.

  • Pertenecer a un país que no es integrante de la Unión Europea.
  • Contar con una edad de 16 años como mínimo.
  • Estar bien calificado y formado para ejercer el trabajo.
  • Estar en España de forma regular a escala legal.
  • No poseer antecedentes (de índole penal)
  • Tener libre entrada al país (España).
  • Acreditación de la empresa certificando que puede mantener al trabajador.
  • Hacer el pago de las tasas para los permisos por cuenta ajena.
  • El empresario debe estar dado de alta y tener los pagos al día en Seguridad Social.
  • El permiso emitido por parte del Ministerio de Trabajo, que autoriza la compañía para hacer el contrato.
  • El contrato de trabajo con sus respectivas firmas, cuya fecha debe ser acorde con el tiempo para obtener la autorización de residencia. Aquí deben especificarse las condiciones de pago y la jornada laboral a cumplir.
  • Todo lo que certifica que se realiza todo lo establecido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.
  • Notificación de Extranjería en la que certifica que la vacante no se cubre en la oferta de empleo del SEPE.

Autorización de trabajo y residencia para personas por cuenta ajena

Los documentos a consignar para pedir el permiso de trabajo y residencia son:

  • Documento oficial en el que se pide la residencia y permiso de trabajo en el modelo EX-07, firmado y sellado por la empresa contratante, emitido por el Ministerio de Seguridad Social, con su respectiva fotocopia.
  • Pasaporte del solicitante o título del viaje.
  • Información personal del trabajador.
  • Títulos y certificados del trabajador que certifican su capacitación para el empleo.
  • Documentos que identifican a la compañía contratante.
  • El contrato de trabajo con las firmas y sellos respectivos.
  • Documentos que certifican la solvencia económica de la empresa, como la declaración de impuestos, la vida laboral, entre otros.
  • Cuando el empresario es individual, la fotocopia del NIE o el NIF y su documento de constitución empresarial.
  • En caso de persona jurídica, una Cooperativa, una SL o SA, se requiere una fotocopia del documento que acredita al empresario como representante legal de la compañía.
  • Aprobación a Seguridad Social para comprobar la veracidad de los datos aportados.
  • En caso de que una persona desee contratar un empleado para servicio doméstico es necesario consignar la fotocopia de la última declaración del impuesto, del NIE o NIF del solicitante, original y fotocopia del contrato debidamente firmado.

 

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